Recientemente la Comisión Nacional de
Mercados y Competencia ah emitido un informe sobre las ITV.
Sus conclusiones y peticiones a futuro son:
1.-Pide que se pase del régimen de
concesiones mayoritario a uno de autorizaciones, en el que el número de
operadores no está limitado para realizar la Inspección Técnica de Vehículos
(ITV). Concluye que la concesión
administrativa limita la competencia pues las condiciones están muy
homogeneizadas en cada comunidad y el mercado repartido. Qué decir de Andalucía
donde solo hay un operador.
En cambio, con la fórmula de la autorización, donde no se puede negar la
entrada a quien cumpla los requisitos, "se ha comprobado que se da una
intensa dinámica de competitividad... en variables como localización, horarios,
servicios adicionales o precios". Añadiendo para ello la necesidad de reforzar los mecanismos de
supervisión para que esa lucha no revierta en una peor calidad de los
servicios. Por ejemplo, en Madrid funciona en régimen de autorización y
el número de centros se ha multiplicado por más de tres desde 2011.
2.-Propone que se eliminen las obligaciones de que cada ITV tenga unas dimensiones
y número de líneas de inspección mínimas pues ni estas exigencias ni las
restricciones que impone el sistema de concesión administrativa "son
necesarios y proporcionales".
3.-Piden liberalizar esta actividad,
anulando para ello el actual régimen de
incompatibilidades que impide que puedan abrir una ITV todos aquellos que
tengan relación con empresas de transporte por carretera, el comercio de
automóviles o la gestoría o aseguramiento. Con ello se abriría la puerta
a que los concesionarios prestasen este servicio. Es más, estos podrían
realizar actividades de venta, reparación e inspección en las instalaciones
autorizadas.
4.- Al estar vigente el sistema de concesiones en muchas comunidades
Autónomas solicita que como fórmula de transición al régimen de autorización se
suspendan el otorgamiento de nuevas concesiones y no se prorroguen las
existentes. De este modo facilitaría la
amortización de las instalaciones por los actuales operadores sin que pudieran
solicitar daños y perjuicios por la interrupción, antes de su plazo de
vigencia, de las actuales.
El seguir estas pautas está en mano de las Comunidades Autónomas y en el
caso de Andalucía, al existir un único operador en régimen de monopolio la actuación
es aún si cabe más urgente.
Al final a quien se beneficia es al consumidor que no pagamos los
sobrecostes de una gestión ineficaz al no existir competencia. Un caso más de
administración paralela o casi.
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